Aunque el concepto “infracción fiscal” se asocia a menudo a fraude y a corrupción, las infracciones fiscales en realidad pueden afectar a todo tipo de contribuyentes, incluidos lospequeños autónomos y como resultado de situaciones muy diferentes: cálculos erróneos de las liquidaciones trimestrales, interpretaciones equivocadas de una norma fiscal y un largo etcétera. En este post hacemos un rápido repaso a cuándo prescriben las infracciones fiscales y cuáles son las cantidades de referencia.

Lo primero de todo es aclarar que no es lo mismo una infracción fiscal que un delito fiscal. La infracción fiscal es aquella cuyo importe defraudado es inferior a 120.00€, y en ese caso se considera falta administrativa. Si la cantidad es superior a los 120.00€, se considera delito y las penas son, lógicamente más elevadas: de 1 a 4 años de prisión y multas por importes que pueden superar ampliamente el 100% de la cantidad defraudada.

MODIFICACIÓN DE LA LEY SOBRE PRESCRIPCIÓN DE INFRACCIONES FISCALES

Hasta hace poco, las infracciones y los delitos fiscales tenían un periodo de prescripción de cuatro años. Pasado ese plazo, la Administración ya no tenía derecho a exigir el pago de una deuda tributaria. Sin embargo, los cada vez más frecuentes casos de corrupción han llevado a endurecer estos plazos. O mejor dicho, a alargarlos, para dar mayor margen a la Agencia Tributaria a desarrollar sus investigaciones y tramitar sus sanciones.

Ahora, tras la última modificación de la Ley General Tributaria llevada a cabo en 2015, el plazo se amplía a 10 años, independientemente del importe defraudado. Es importante aclarar que este plazo se interrumpe una vez que la Administración Tributaria inicia una acción de inspección acerca de dicha deuda.

CUÁNDO COMIENZA EL CÓMPUTO PARA DETERMINAR EL PLAZO DE 10 AÑOS

Un dato importante es el momento en el que ese plazo empieza a computar. Según la legislación vigente, ese plazo de 10 años comienza cuando finaliza el periodo de presentación de la correspondiente declaración, ya sea de IVA, Impuesto de Sociedades, IRPF u otra obligación fiscal.

A modo de ejemplo y para que se entienda mejor: si el plazo para la presentación de la declaración del primer trimestre de IVA de 2016 finaliza el 30 de abril de 2016, la infracción fiscal derivada de esa declaración prescribe el el 1 de mayo de 2026.

En cualquier caso, se trata de un tema complejo y extenso, por lo que los interesados en conocer en profundidad cuándo prescriben las infracciones fiscales, cuáles son sus cantidades y otras circunstancias relacionadas, pueden echar un vistazo a la normativa de referencia: Ley 58/2003 General Tributaria, y su modificación parcial mediante la Ley 34/2015.