Más allá de pagar la nómina y cotizar a la Seguridad Social, una empresa con personal contratado tiene otras obligaciones laborales que se olvidan con frecuencia y cuyo incumplimiento puede acarrear sanciones.
Registro de jornada
Desde 2019 es obligatorio para todas las empresas, sea cual sea su tamaño, registrar diariamente el horario de inicio y fin de la jornada de cada trabajador. El registro debe conservarse durante cuatro años y estar a disposición de la Inspección de Trabajo.
Prevención de riesgos laborales
Toda empresa, tenga uno o cien trabajadores, debe contar con una evaluación de riesgos de cada puesto y una planificación preventiva, ya sea asumida por el propio empresario (en determinados casos), con recursos propios o mediante un servicio de prevención ajeno.
Calendario laboral
Debe exponerse un ejemplar del calendario laboral en un lugar visible de cada centro de trabajo, con los horarios y la distribución de las jornadas especiales y festivos.
Otras obligaciones frecuentemente olvidadas
- Formación en prevención de riesgos e igualdad, en los casos en que sea exigible.
- Plan de igualdad, obligatorio a partir de cierto número de trabajadores.
- Comunicación de contratos y de sus copias básicas a los representantes legales de los trabajadores, cuando existan.
¿Quieres revisar si tu empresa cumple con todas sus obligaciones laborales?