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Modelo 130 y 131: el IRPF trimestral del autónomo

12 de noviembre de 2025

Cálculo de impuestos trimestrales

Todo autónomo que tributa en el IRPF por rendimientos de actividades económicas debe presentar un pago fraccionado cada trimestre, a cuenta de la declaración de la Renta anual. Ese pago se hace con el modelo 130 o el 131, según el método de estimación en el que esté dado de alta.

Modelo 130: estimación directa

Se presenta en estimación directa (normal o simplificada), que es el régimen más habitual entre autónomos. El pago fraccionado se calcula, con carácter general, como un porcentaje sobre el rendimiento neto acumulado del ejercicio (ingresos menos gastos deducibles), restando los pagos fraccionados ya ingresados en trimestres anteriores y, en su caso, las retenciones ya soportadas.

Hay que presentarlo aunque el resultado sea negativo o a cero, y aunque no haya habido actividad en el trimestre, salvo que se esté de alta como autónomo societario o en determinadas actividades sujetas a retención mayoritaria.

Modelo 131: estimación objetiva (módulos)

Se presenta cuando la actividad tributa por el sistema de módulos. El cálculo no depende del beneficio real del trimestre, sino de unos signos, índices o módulos fijados por Hacienda para cada actividad (superficie del local, personal empleado, potencia eléctrica, etc.), aplicando un porcentaje reducido sobre el rendimiento que resulte de esos módulos.

Plazos

Ambos modelos se presentan dentro de los primeros 20 días naturales de abril, julio, octubre y enero (este último correspondiente al cuarto trimestre del año anterior).

¿Dudas sobre qué modelo te corresponde o cómo calcular tu pago fraccionado?

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